[Zaragoza] El juzgado declara nulo el despido en Electrónica Cerler

En sentencia dictada el dieciocho de junio y de la cual el sindicato
tuvo constancia en el día de ayer, el Juzgado de lo Social nº 3 de
Zaragoza reconoce que el despido del trabajador supuso un atentado
contra sus derechos fundamentales, lo declara nulo y obliga a su
readmisión.La empresa lo justificó en su día alegando “causas objetivas” al
amparo de los últimos cambios legislativos introducidos por las
recientes reformas laborales promulgadas desdeel Gobierno. Con esta
victoria judicial CNT demostramos una vez más que es posible pelear
readmisiones incluso cuando las empresas recurren a la reforma laboral
para despedir por causas objetivas, pero que para ello es necesario un
sindicalismo que distribuya su actividad entre todos los trabajadores
por igual, sin recurrir a privilegios.

El pasado 14 de septiembre de 2012 la empresa Electrónica Cerler S.A.
procedía al despido de 17 trabajadores y trabajadoras, justificando su
decisión en base a causas objetivas económicas y productivas y
amparándose con ello en las últimas modificaciones hechas sobre el
Estatuto de los Trabajadores tras las reformas laborales más recientes,
que consideran causas objetivas la disminución persistente de ingresos,
sin necesidad de acreditar pérdidas por parte de la empresa.

De todos los trabajadores y trabajadoras despedidos, solamente uno de
ellos (David R.) demandó a la empresa con el apoyo de su sindicato, la
CNT, solicitando que se le readmitiese y alegando para ello que la
empresa se estaba acogiendo al nuevo despido objetivo para encubrir en
realidad un despido motivado por la actividad reivindicativa del
trabajador, que había puesto una denuncia en Inspección de Trabajo los
meses previos pidiendo un reconocimiento de categoría profesional,
además de haber secundado todas las huelgas sectoriales y generales de
los últimos años.

Celebrado el juicio en el Juzgado de lo Social nº 3 de Zaragoza, la
sentencia declara nulo el despido, al considerar que se vulneró el
derecho del trabajador a la tutela judicial efectiva (y por tanto la
garantía de indemnidad) recogido en el art. 24 de la Constitución, y por
ello condena a la empresa a readmitirlo en su anterior puesto de
trabajo y a pagarle los salarios dejados de percibir durante el tiempo
que ha pasado despedido.

Valoramos esta readmisión como una noticia fundamentalmente positiva,
ya que si bien no se concede la indemnización solicitada por los daños
morales causados por un despido que vulnera la Constitución, sí se ha
conseguido el objetivo principal, que era que el trabajador recuperase
su empleo con todas las garantías, y que fue lo que motivó el rechazo de
sindicato y trabajador de los pactos ofrecidos por la empresa
anteriormente, consistentes en alcanzar un acuerdo económico a cambio de
aceptar el despido, así como el conflicto sindical abierto estos meses.

Asimismo, desde la CNT consideramos que este despido nulo pone de
manifiesto que es posible articular mecanismos de defensa efectivos de
los puestos de trabajo de todos los trabajadores, también cuando como en
este caso no ostentan la condición de representantes sindicales ni
unitarios, si detrás hay estrategias sindicales de lucha y honestas,
tarea que ha sido deliberadamente abandonada por el mal llamado
sindicalismo mayoritario, que debido a sus privilegios está más centrado
en negociar el dinero que valen los despidos que en luchar por
readmisiones y empleos estables. Ahora nos planteamos qué tiene que
decir ahora la DGA, que galardonó a Electrónica Cerler recientemente con
un premio a la Excelencia Empresarial
aunque sabemos que hay una total connivencia entre políticos y
empresarios, a la hora de silenciar los frecuentes abusos que estos
últimos cometen con sus empleados y empleadas.

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