La sala mayor del Tribunal de Apelaciones de Berlín da cabida en la mañana del día 10 de junio a cerca de 50 espectadores, venidos para escuchar la sentencia sobre el recurso planteado por la FAU de Berlín contra la orden cautelar que le prohíbe denominarse a sí misma sindicato. Transcurridos tan sólo 15 minutos queda pronunciada la sentencia, y cerrado el caso: la orden cautelar se declara suspendida, la prohibición de facto está anulada. Los asistentes irrumpen en aplausos.
El tribunal fundamenta su sentencia contrariando explícitamente la argumentación de la parte contraria. La gerencia del cine berlinés Babylon Mitte, cuya plantilla, respaldada por la FAU de Berlín, se le enfrenta desde hace un año en un activo conflicto laboral, sostenía que la FAU berlinesa no puede denominarse sindicato, al no tener la representatividad suficiente para firmar convenios colectivos. Se apoyaban para ello en una sentencia reciente del Tribunal Laboral de Berlín, que prohibía a la FAU -también por orden cautelar- convocar a un boicot del cine, considerando que el sindicato no tenía derecho a firmar convenios según la legislación vigente.
La Audiencia Regional, en primera instancia, ratificó también con dichos argumentos la prohibición para la FAU de autodenominarse sindicato. Para la FAU de Berlín la situación implicaba no sólo procesos judiciales costosos, sino perjuicios concretos para la organización: la condición de ser un sindicato conlleva diversos derechos, a los que según las sentencias la FAU ya no podía acogerse. Y no solamente en el cine Babylon Mitte, sino en todos los conflictos laborales que el sindicato impulsa para defender a sus afiliados.
Pero el Tribunal de Apelaciones dictamina ahora en segunda instancia que no existen criterios fácticos objetivos que condicionen el derecho a utilizar el nombre de «sindicato“. Si la parte contraria considera que la representatividad para convenios es un condicionante, se trata de su versión particular del derecho. Sin embargo, la libertad de expresión permite a cualquiera llamarse como lo desee. Por otro lado, el Tribunal no considera probado el motivo de la orden cautelar. La gerencia del cine afirmaba sufrir un perjuicio económico por el hecho de que la organización, con la que rehúsa todo trato, se autodenomine sindicato. Una afirmación demasiado endeble para justificar una orden cautelar, según el Tribunal.
La celebración
Tras el proceso, los espectadores celebraron espontáneamente la sentencia favorable ante el edificio de los tribunales. El observador Héctor Feliciano, de la CNT-IAA española, y André de la CNT francesa, felicitaron a la FAU de Berlín por su victoria jurídica. «Pero un sindicato es algo más que un papel, es algo que existe en nuestros corazones, en nuestra cabeza, en nuestra acción», dijo a los asistentes Laure Akai, del sindicato polaco ZSP. El abogado Klaus Stähle, que ha defendido a la FAU de Berlín contra la prohibición de usar el nombre de sindicato, declaró lo que esta sentencia significa para el Tribunal: «El cine Babylon Mitte tendrá que soportar que seáis un sindicato» A continuación se formó una manifestación espontánea hasta la puerta del cine, que saludó al gerente Timothy Grossman desde la calle con el eslogan «FAU-IAA, sindicato que aquí está«
El 10 de junio ha sido una fecha favorable a los derechos de los trabajadores, pues simultáneamente el Tribunal Laboral Federal juzgaba en Erfurt el caso «Emmely». A las 18h hubo un acto conjunto con el Comité de Apoyo a Emmely, ante una filial de la cadena Kaiser’s en Berlín. Su proceso también acabó en una victoria (en la mayor parte de los puntos); un doble motivo de alegría para ambos grupos, que se han apoyado mutuamente a lo largo de sus respectivas luchas legales.
Por la tarde los invitados internacionales realizaron en el local de la FAU una mesa redonda en torno al tema de la libertad sindical. Se llegó a la conclusión de que, a pesar de diferencias históricas notables entre los diversos países, en el contexto de la crisis los gobiernos de Polonia, Francia, España y Alemania tienen de momento planes parecidos: en conjunto, se observa la intención de favorecer con diversas medidas y de diferentes maneras a los sindicatos centralistas, como estabilizadores del orden, mientras que se pretenden obstaculizar las posibilidades de acción de los sindicatos más combativos. La misión del movimiento sindical europeo libre debe consistir en oponerse a estos planes y fortalecer la capacidad de actuación directa de los trabajadores en las empresas.
Movimiento en las estructuras sindicales
La importancia de esta sentencia trasciende claramente el caso del cine Babylon Mitte. Las rígidas estructuras sindicales alemanas, y la potenciación de la posición monopolística del sindicato único, no dejan espacio para pequeños sindicatos de base. Era previsible una oposición rabiosa si alguien se atrevía a cuestionar seriamente ese marco. Por ello, la prohibición de facto a la FAU de Berlín suponía un peligroso precedente y un ataque a la libertad sindical en general.
La jornada procesal fue acompañada por abundantes muestras de apoyo internacional. En Philadelphia y Amsterdam se realizaron mítines ante los consulados alemanes, simultáneos con el proceso. Unos días antes, manifestantes lituanos gritaban ante la embajada alemana de Vilnius: «Esta prohibición perjudica a los trabajadores de Alemania, y no vamos a dejarlos solos. Es un método capitalista para doblegar conflictos laborales en plena crisis.» En las semanas previas al juicio llegaron a la FAU saludos solidarios de numerosos países, para animar la lucha de Berlín.
Para la FAU de Berlín, esta sentencia pone fin a una fase de intensos esfuerzos. El sindicato agradece el fuerte apoyo recibido, p.ej. a través de la labor del Comité de Solidaridad con la Libertad Sindical, que recogió incontables firmas contra la prohibición. También fue alentadora la ayuda económica canalizada a través de donativos, puesto que -a diferencia del cine Babylon, cuya financiación es en parte municipal- la FAU de Berlín no podía afrontar los costes de sus procesos recurriendo a fondos públicos. Y agradece naturalmente las numerosas cartas, acciones de protesta y mítines realizados a escala internacional y por toda Alemania.
La sentencia no afecta a la de octubre de 2009, que prohibía convocar a un boicot del cine, y la cuestión de la representatividad para firmar convenios aún no está aclarada. Es decir, el conflicto laboral del cine Babylon Mitte puede seguir provocando contraataques jurídicos por parte de la empresa. En palabras de Lars Röhm, Secretario de la FAU de Berlín: «Ahora podemos volver a llamarnos sindicato, pero desde luego habrá que seguir luchando por nuestros derechos sindicales.«
No faltarán oportunidades para ello, pues la cifra de afiliados a la FAU de Berlín se encuentra en continuo aumento. Se están ya organizando un puñado de secciones sindicales en diversos sectores, desde la atención sanitaria hasta empresas de limpieza. Y también hay un cine que sigue en la brecha.
FAU-AIT