Comentaros que el pasado 28 de julio salio sentencia sobre la demanda presentada por esta Sección en reclamación de derechos sindicales.
La sentencia algo confusa, da la razón a la empresa, exculpándola totalmente de que nos hubiese restringido algún derecho sindical.
- Respecto a la carta dada en febrero por la empresa a la sección sindical, reconoce su improcedencia, pero acepta la siguiente carta dada por la empresa donde reconoce su error, de la primera i reconoce los derechos básicos de esta sección sindical.
- Por otra parte, en los fundamentos de derecho, el juez reconoce el acceso al tablón de anuncios para la Sección Sindical, ya que según este, veníamos utilizándolo sin problemas y sin ningún tipo de impedimento, como la empresa comento en el juicio.
- Lo mismo argumenta para seguir accediendo a las reuniones que el Delegado de Personal tenga con la empresa, el que podemos seguir accediendo como asesores del Delegado de Personal, ya que veníamos haciéndolo, con el beneplácito de la empresa, pero con nuestra protesta, ya que es una ofensa hacia nosotros, lo mismo piensa el Delegado de Personal, y en el futuro lo reflejaremos en las actas, al menos podremos estar presentes.
- Y es que esperar algo de la justicia burguesa,( aunque tengas 14 meses de gestión en la empresa en solitario, sin comités ni delegados de persona) no te da derecho a acceder a los derechos que ellos tienen simplemente por presentarse a las elecciones. Aunque hagas el calendario laboral, firmes acuerdos que pide la empresa, donde se te reconoce como representante de los trabajadores en dicho conflicto, etc.
O sea, que tenemos derecho al tablón y a asistir a las reuniones entre el Delegado de Personal y la empresa