La sección sindical de Argea Consultores y Punto de Encuentro de CNT impugna el ERE, llevando a juicio a las empresas el próximo 13 de noviembre

Los trabajadores y trabajadoras de Argea Consultores S.L y Punto de Encuentro, Estudios e Investigación del Territorio S.L., despedidos en el proceso de E.R.E que el grupo de empresas culminó el pasado mes de julio, optamos por recurrir vía judicial el proceso de E.R.E. Como ya anunciamos, las negociaciones fueron infructuosas debido a que la empresa no mostró ningún interés real en negociar, dejando a 15 trabajadores y trabajadoras en la calle con una indemnización de tan solo 25 días por año trabajado.

Durante toda la negociación la empresa se excusó y escudó en una situación económica adversa con una bajada en la demanda de los trabajos arqueológicos por parte de las empresas de construcción, una disminución de la cartera de clientes y una bajada sustancial de los presupuestos medios. Ante estos datos tan desoladores planteados por la empresa, los trabajadores optamos por contratar a un perito económico externo para elaborar un informe detallado estudiando los datos económicos ofrecidos por la empresa.

Dicho informe es contundente: “no se han producido pérdidas en los últimos ejercicios, tampoco se ha producido una disminución de ingresos persistentes y consecutivos en los tres trimestres anteriores al comunicado del procedimiento de despido colectivo”. Parece que no hay motivos económicos que sustenten este despropósito. La empresa también basa este proceso en unas causas organizativas y productivas de las que no aporta más información. Los profesionales de la Arqueología sabemos que estamos viviendo un período muy próspero en nuestra profesión, con abundantes licitaciones públicas e innumerables obras privadas de gran envergadura. Estas dos últimas causas citadas las interpretamos como una manera de completar los requisitos para llevar a cabo el despido colectivo, pero ni las empresas son capaces de demostrarlas o, al menos, no consideran importante incluirlas en la documentación entregada a la comisión de representación de las trabajadoras y trabajadores.

Si aparentemente no hay motivos económicos, organizativos ni productivos que avalen el despido de más de un tercio de la plantilla, ¿cuál es la motivación real del inicio del proceso de E.R.E?

Las personas afectadas en el procedimiento creemos que hay una evidente represión sindical: de los 6 miembros que componían la primigenia sección sindical de Argea, han sido despedidos 5; consecuentemente, y a nuestro juicio, esto supondría la vulneración de uno de los derechos fundamentales que tenemos como trabajadores: el derecho a la libertad sindical. Y es que, en esta supuesta represión sindical, es la única forma que encontramos plausible para explicar el procedimiento de despido colectivo. La empresa despide a prácticamente la totalidad de la sección sindical, incluida su delegada, por hacer unas peticiones tan básicas como un lugar adecuado e higiénico para trabajar, agua potable en el lugar de trabajo, baños portátiles en los yacimientos o recibir el pago de la nómina en los días que marca la ley. 

A estas peticiones mínimas para desarrollar la actividad laboral, se le unían cuestiones como el reconocimiento de las categorías profesionales así como el salario según las tablas salariales recogidas en el convenio, que nunca fueron atendidas. Al no ver motivos económicos, ni mucho menos organizativos o productivos, optamos por realizar la demanda de impugnación del E.R.E.

LA ORGANIZACIÓN SINDICAL DE LOS TRABAJADORES ES UN DERECHO, NO UN DELITO.

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