En
los últimos días, hemos recibido la noticia de la sentencia favorable a
nuestra compañera Marta en el Juicio por cesión ilegal contra la
Biblioteca Nacional y la empresa Indra.
Recordamos
que en el juicio que se celebró el 22 de marzo de este año, a
diferencia de lo que venía sucediendo en otros procesos judiciales por
cesión ilegal, la Dirección de la Biblioteca Nacional no consiguió su
objetivo de levantar falso testimonio y nadie que hubiese trabajado con
Marta acudió al Juicio a testificar en su contra. Desde nuestro
sindicato entendemos que la lucha que hemos desarrollado en estos siete
meses ha demostrado que la acción directa y la organización de los/as
trabajadores/as es vital en la defensa de nuestros derechos laborales,
que van mucho más allá de esta sentencia judicial favorable. Hemos
ganado, pero queremos más
En la sentencia 13211 del Juzgado de lo Social número 37, se dan como probados los siguientes hechos:
“Se
ha demostrado cumplidamente – teniendo a tales efectos una especial
relevancia el Acta del Inspector de Trabajo, que ha entrado en contacto
directo con los hechos objeto de análisis, lo que reviste a aquélla de
una presunción de certeza – que la demandante ha venido realizando
desde el inicio de su relación, primero con Azertia y luego con Indra,
idénticas funciones y cometidos que se desgranan detalladamente en la
demanda y en el Acta de la Inspección de Trabajo, realizándolos en todo
momento, bajo la directa, exclusiva y única dirección y supervisión de
los mandos de BNE, sin que en ningún momento haya mediado intervención
efectiva de las empresas formalmente empleadoras, que se limitaban a
realizar unas evaluaciones meramente formales, habiéndose acreditado
también que la actividad profesional la realizaba la actora en las
dependencias de BNE quien ponía a su disposición todas las herramientas e
instrumentos necesarios para el desempeño de su trabajo, que lo presta
en el mismo horario que el resto de personal de dicho organismo.
En
suma, es BNE quien asume y despliega la dirección y organización del
trabajo a través de la Jefa de Coordinación y Proyectos, quien imparte
las órdenes e instrucciones de trabajo, sin que la empresa codemandada
ejercite poder de dirección alguno, quedando claro, en definitiva que
ésta última se ha limitado a la simple aportación de mano de obra, pues
la contratista utiliza los instrumentos de producción de la principal,
sin aportar infraestructura alguna y sin que su actuación pueda
definirse por tanto como de auténtico empresario.
En
atención a lo expuesto, procede declarar la existencia de cesión
ilegal con las consecuencias legales inherentes a dicha declaración […]
y declaro la existencia de cesión ilegal de trabajadores entre la
primera como cesionario y la segunda como cedente, reconociendo el
derecho de la actora a integrarse en la plantilla de BIBLIOTECA
NACIONAL DE ESPAÑA con carácter indefinido y salario según convenio
colectivo de personal laboral de AGE”
Ahora
queda esperar a que la Biblioteca Nacional cumpla la sentencia y
readmita a nuestra compañera en su puesto de trabajo como personal
laboral. Queremos que todos y todas sepáis qué va a suponer en términos
económicos esta sentencia a favor de nuestra compañera. Para empezar,
al haberse demostrado que Marta estuvo en cesión ilegal los 7 años que
trabajó en la Biblioteca Nacional, la sentencia pone de manifiesto lo
que ya sabíamos: que esta Institución estuvo pagando a la empresa Indra
4.500 euros brutos mensuales por el trabajo de nuestra compañera,
cuando si la hubiese contratado directamente sólo tendría que haber
pagado 2.227,77 euros brutos mensuales (tal como dicta la sentencia).
Las cuentas están claras: con el cumplimiento de la sentencia, la
Biblioteca Nacional se ahorra 2.272,23 euros brutos al mes por el
trabajo de nuestra compañera; cantidad ésta que estuvo regalando
mensualmente a las empresas contratistas y que asciende a 190.867,32
euros si sumamos los 7 años que Marta trabajó en cesión ilegal. Con
esta sentencia se demuestra que la Biblioteca Nacional se habría
ahorrado casi 200.000 euros si hubiese contratado directamente a
nuestra compañera en los 7 años que estuvo en cesión ilegal. Volvemos a
repetir lo que todos y todas ya sabemos, si esta cantidad la
multiplicamos por los más de 400 trabajadores y trabajadoras
subcontratados por la Biblioteca Nacional, ¿de cuántos millones de
euros de ahorro estaríamos hablando? Entonces, ¿por qué no se contrata
directamente al personal externo si hay que ajustar los presupuestos?
¿Por qué se ha optado por la reducción de los salarios de los
funcionarios y laborales en un 5% si con la contratación directa no
sólo se ahorraría este porcentaje sino que se dispondría de más dinero
para más contrataciones de personas en paro?
Compañeros
y compañeras, hay que seguir luchando por la contratación fija de todo
el personal externo, más si tenemos en cuenta que no todos y todas
pueden demostrar la situación de cesión ilegal en un Juicio. La
Administración Pública lleva años blindándose para ocultar esta nueva
forma de explotación que, además de regalar el dinero público a las
empresas, somete a miles de trabajadores a la precariedad más absoluta,
sin un salario suficiente para poder vivir y sin la estabilidad laboral
que merecemos todos y todas. Debemos continuar la lucha y organizarnos
para – desde una posición de fuerza – encontrar la manera de hacer que
la Biblioteca Nacional inicie un proceso de contratación fija directa
de todo el personal externo, – porque es lo justo y lo más sensato en
estos tiempos de recortes presupuestarios.
POR LA CONTRATACIÓN FIJA DIRECTA DE TODO EL PERSONAL EXTERNO
DEFIENDE TU PUESTO DE TRABAJO
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