Título XII – Otros entes Confederales

Art. 175. Tanto la Fundación Anselmo Lorenzo como el periódico cnt, la Editorial Confederal o cualquier otro medio que la organización acuerde crear para la difusión de nuestras ideas, se regirá por unas normas internas de funcionamiento elaboradas por esos mismos órganos y que tendrán que ser aprobadas en Pleno Confederal en el plazo de un año a contar desde la fecha de este Congreso. En general el funcionamiento de estos órganos estará inspirado en la filosofía general y el funcionamiento que en esta normativa se han fijado para la CNT.

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