CLECE obstruye la acción sindical

El 10-Dic de 2008, Clece S.A. convoca una reunión para tratar distintos temas, los cuales atañen de pleno a todos/as los/as trabajadores/as del centro, incluido a los afiliados/as de CNT. Entre estos temas se encontraba el porcentaje máximo de contratación eventual conseguido en el acuerdo de fin de huelga de hace un año, la revalorización del Plus correspondiente a las circunstancias que se dan en la limpieza del Metro de Madrid alcanzado en el mismo acuerdo y la revalorización del Plus transporte. Estos tres puntos fueron solicitados por la Sección Sindical de CNT junto con otros puntos como la prevención respiratoria y el prestamismo laboral entre contratos distintos, pero al parecer a la empresa esos asuntos no le parecen importantes.

Debido a que en el orden del día aparecen puntos solicitados por escrito por la Sección de CNT, cuyo recibí firmo sin ninguna objeción el Jefe de Servicio, el cual convoca la reunión, y que todos los puntos a tratar afectaban a los/as afiliados/as de CNT en el centro, el delegado de la Sección y un compañero, en calidad de representante del Sindicato, acudieron a dicha reunión a ejercer sus derechos sindicales. Al llegar allí el Jefe de Servicio y su Asesora Legal, se oponen a la presencia de CNT en la reunión, alegando que CNT no tiene “representación” y que no formamos parte de comités de empresa. Así, la Sección de CC.OO. se levantó por solidaridad, ya que no quieren hacer pactos con opresores sindicales. Como los miembros restantes no eran suficientes en legalidad numérica también se fueron.

Dicho esto, exponemos:

1– Que los/as afiliados de CNT son personas libres y plenamente conocedoras de sus derechos, por tanto la única representación que necesitan es la que ellos mismos han elegido en asamblea, es decir, el delegado de la Sección Sindical.
2– Que los afiliados/as de CNT en el centro tienen el mismo derecho a la información que el resto de los/as trabajadores/as, pero es el Delegado de su Sección Sindical el que ellos han elegido para que les informe, y no ningún miembro de comité de empresa ya que ellos/as no lo han votado.
3– Que CNT es un Sindicato legal al que afectan las leyes relativas al derecho a ejercer la acción sindical, recogidas en la Ley Orgánica de Libertad Sindical.
4– Que la Sección Sindical de CNT en Clece Material Móvil está legalizada y reconocida por la empresa desde Marzo de 2008.
5– Que el delegado de la Sección y el representante del Sindicato en esta ocasión, han asistido y han firmado actas en otras reuniones del centro.
6– Que Clece reconoce la representación de CNT en otros centros, como en la U.P.O. o en el AVE.

¿Cuál es el motivo real por el que la empresa veta de repente la presencia de CNT en las reuniones? ¿Quizás querían eludir su responsabilidad ante ciertos incumplimientos?

Solo nos resta decir que ninguna empresa nos va a arrebatar por las buenas nuestros derechos, y que ciertos cargos de una empresa deberían saber que el negar a los trabajadores/as el derecho a ejercer su acción sindical, reconocido por la Ley, es ilegal. Desde CNT seguiremos ejerciendo nuestros derechos, entre ellos la acción sindical, y si no reconocen nuestra “representación”, reconocerán nuestra ACCIÓN DIRECTA, la cual ya se ha puesto en marcha.

ANTE LA REPRESIÓN SINDICAL
ACCIÓN DIRECTA SIN CONTEMPLACIONES
CNT-AIT

Sección Sindical de CNT-AIT Madrid en CLECE

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